| From : | <jcma0311@tiscali.es> |
| Sent : | Monday, January 8, 2007 10:36 PM |
| To : | "David Nogales" <davidnogalesg@gmail.com>, "Ana Martin" <afyjc@yahoo.es>, "Javier Verdugo" <dugover100@hotmail.com> |
| Subject : | RE: Quiebra CPV |
Buenas noches a todos:
Simplemente comentaros, que hablando con compañeros de trabajo, me comentan que
normalmente, el hecho de retrotraer la fecha de quiebra no afecta a todos los
actos que realiza la empresa, sino solo aquellos que estan viciados de fraude,
según ellos, las operaciones corrientes (como es el caso) no suelen estar
afectados. De todas formas también estamos consultando a un abogado
especializado, si nos enteramos de algo os lo haremos saber.
Un saludo a todos
Juan C. Pariente
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